Medidas energéticas, ayudas al transporte y novedades fiscales de octubre de 2026

DAS S02741943000 • 5 de octubre de 2026

Circular informativa 2/2026

Principales novedades para empresas y autónomos

En Dado Asesores, asesoría fiscal y laboral en Alcoy y Alicante, repasamos las novedades del informe semanal correspondiente al período del 28 de septiembre al 4 de octubre de 2026.


La circular presta especial atención a las medidas energéticas y ayudas sectoriales recogidas en el Real Decreto-ley 25/2026, así como a las obligaciones tributarias, laborales y administrativas que pueden afectar a distintos negocios.

Importante: los plazos generales de domiciliación del 15 de octubre y presentación del 20 de octubre de 2026 ya han vencido. Las medidas futuras deben comprobarse conforme a sus condiciones y vigencia.

Asesoría fiscal

Declaraciones tributarias del tercer trimestre

El calendario de octubre de 2026 incluía la presentación de las autoliquidaciones correspondientes al tercer trimestre. Entre los modelos habituales figuran el 111, 115, 123, 130, 131, 202 y 303, además del modelo 349 cuando corresponda.



La fecha general de presentación era el 20 de octubre de 2026 y la domiciliación de numerosas autoliquidaciones finalizaba el 15 de octubre. Cada obligación depende de la situación tributaria del contribuyente.

Documentación recomendable: facturas emitidas y recibidas, justificantes bancarios, facturas rectificativas, ingresos y gastos pendientes y diferencias de retenciones. También es importante comprobar el IBAN y la disponibilidad de fondos.

Fiscalidad energética

Medidas energéticas y ayudas sectoriales

Según la circular, el Real Decreto-ley 25/2026, publicado el 30 de septiembre y vigente desde el 1 de octubre de 2026, introduce modificaciones en materia de hidrocarburos y prorroga ayudas para el transporte y el sector primario.


Las reducciones previstas para noviembre y diciembre dependen de condiciones relacionadas con el IPC. Por ello, las empresas no deben mantener automáticamente los tipos aplicados en octubre durante los meses siguientes.


Las estaciones de servicio y los comercializadores de productos energéticos deben revisar los tipos tributarios y la cartelería exigida, así como las facturas y productos afectados.

Para noviembre y diciembre, la circular contempla un IVA del 10 % en determinados suministros de electricidad y gas y un 0,5 % en el Impuesto Especial sobre la Electricidad, sujetos a las condiciones de IPC aplicables. No son reducciones generales e incondicionales.

Ayudas empresariales

Ayudas al transporte, agricultura, ganadería y pesca

La circular recoge ayudas al gasóleo profesional de 0,05 euros por litro en octubre, 0,12 euros en noviembre y 0,19 euros en diciembre, con los ajustes correspondientes a los tipos aplicables.


También indica que la devolución ordinaria del artículo 52 bis.6 queda en cero euros entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2026.


Los transportistas deben revisar la inscripción y el procedimiento que corresponda, aportando los datos de los vehículos, litros adquiridos y justificantes de suministro.


Las empresas que no accedan al gasóleo profesional deben comprobar si pueden acogerse a otras ayudas específicas, sin asumir que todos los procedimientos son iguales.


En el caso de agricultores, ganaderos y empresas pesqueras, es necesario revisar las medidas aplicables, sus incompatibilidades y las obligaciones asociadas a las ayudas solicitadas o recibidas.

Asesoría laboral

Condiciones laborales de las empresas beneficiarias de ayudas

La circular señala que, hasta el 31 de diciembre de 2026, las empresas beneficiarias de determinadas ayudas directas no pueden efectuar despidos por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas derivadas de la situación atendida por dichas ayudas.


El incumplimiento puede implicar el reintegro de las ayudas y la nulidad de los despidos, según las condiciones recogidas en la norma.


La restricción también alcanza determinados supuestos de finalización de actividad y falta de llamamiento de trabajadores fijos discontinuos.

Recomendación: antes de comunicar una extinción laboral o una falta de llamamiento, conviene revisar las ayudas concedidas, la resolución administrativa y las causas concretas de la decisión.

Facturación empresarial

Sistemas informáticos de facturación y régimen sancionador

La AEAT actualizó en septiembre su criterio INFORMA sobre el régimen sancionador del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, relativo a determinados sistemas informáticos de facturación.


El criterio distingue las conductas apreciables desde el 11 de octubre de 2021 de aquellas que requieren desarrollo reglamentario y resultan apreciables desde el 29 de julio de 2025 en los sistemas destinados a usuarios obligados por el Reglamento.


Las empresas deben identificar el programa con el que emiten facturas, su proveedor y las comunicaciones relativas a las actualizaciones y requisitos técnicos.


La interpretación administrativa de las sanciones no sustituye la revisión del calendario de adaptación aplicable a cada sistema y usuario.

Comercio internacional

Importaciones y comercio electrónico

La AEAT ha actualizado la guía H7 para envíos de escaso valor de hasta 150 euros, con cambios previstos para noviembre en materia de tasas de tramitación e identificadores de producto.


La circular también recoge la exigencia del código adicional Dxx en determinadas declaraciones H1 de importación temporal bajo el régimen 53.


Los negocios que importen mercancías o vendan online productos procedentes de terceros países deben revisar estos cambios con su representante aduanero, especialmente por su posible incidencia en la documentación y los costes de tramitación.

Cumplimiento normativo

Criptoactivos y prevención del blanqueo

La circular señala modificaciones de la Ley 10/2010 en materia de prevención del blanqueo de capitales y criptoactivos.


Las empresas que intervengan en operaciones con estos activos deben comprobar las obligaciones que les correspondan según su actividad concreta. No todos los operadores están sometidos a idénticos requisitos.

Contabilidad

Revisión contable y cierre del trimestre

Para preparar adecuadamente el cierre trimestral, resulta importante completar las conciliaciones bancarias, la revisión de los libros de IVA, las periodificaciones y el registro de subvenciones.


Las ayudas autonómicas de la Comunitat Valenciana, Andalucía y Castilla-La Mancha deben revisarse según las convocatorias concretas aplicables a cada empresa, sin presentar ayudas de períodos anteriores como novedades de esta semana.

¿Necesitas asesoramiento sobre estas novedades?

En Dado Asesores analizamos las obligaciones fiscales, laborales y contables que pueden afectar a tu actividad. Cuéntanos tu caso y revisaremos las actuaciones que correspondan.

Por DAS S02741943000 • 12 de octubre de 2026
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